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RESOLUCION de 13 de junio de 2002, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia el procedimiento de delimitación de la Zona Arqueológica denominada «Yacimiento Ibero-Romano del Alto Chacón» en La Muela de Xiquena (Teruel), declarada Conjunto de Interés Cultural, y se abre un período de información pública.

Publicado el 05/07/2002 (Nº 78)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO

Texto completo:

RESOLUCION de 13 de junio de 2002, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia el procedimiento de delimitación de la Zona Arqueológica denominada «Yacimiento Ibero-Romano del Alto Chacón» en La Muela de Xiquena (Teruel), declarada Conjunto de Interés Cultural, y se abre un período de información pública.

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés establece en la Disposición Transitoria Primera que los Bienes de Interés Cultural ubicados en la Comunidad Autónoma que hubieran sido declarados como tal con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, pasarán a tener la consideración de Bienes de Interés Cultural o Conjuntos de Interés Cultural. Mediante Orden del Consejero del Departamento responsable de Patrimonio Cultural podrán completarse las declaraciones originarias de dichos Bienes, determinando los bienes muebles y el entorno afectado que deban considerarse parte integrante por las declaraciones de Bien de Interés Cultural y Conjunto de Interés Cultural.

El denominado «Yacimiento Ibero-Romano del Alto Chacón», situado en la Muela de Xiquena de Teruel, fue declarado Monumento Histórico-Artístico por Real Decreto 2858/1983, publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 273, de fecha 15 de noviembre de 1983. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, por Orden del Departamento de Cultura y Turismo de fecha 8 de marzo de 2002 se modificó la categoría del citado yacimiento, pasando a tener la consideración de Conjunto de Interés Cultural, zona arqueológica.

La entrada en vigor de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés de 1999 ha supuesto, en la práctica, la revisión de numerosos expedientes anteriores a la misma y la necesidad de completarlos de acuerdo con las exigencias en ella establecidas. En concreto, el artículo 21.3 de la Ley de Patrimonio Cultural Aragonés dispone que la declaración de Conjunto de Interés Cultural contendrá, al menos, la delimitación del conjunto y de su entorno y la relación de las edificaciones relevantes existentes en el mismo.

Por esta razón, se ha iniciado un procedimiento para la delimitación del área de protección del citado yacimiento arqueológico y de su entorno, conforme al Plano y a las coordenadas de situación que se adjuntan como Anexos de la presente Resolución.

En consecuencia, el Director General de Patrimonio Cultural, en relación con el denominado «Yacimiento Ibero-Romano del Alto Chacón» situado en La Muela de Xiquena (Teruel), acuerda:

Primero.-Iniciar un procedimiento para la delimitación del área de protección de la zona arqueológica en aras de completar la declaración originaria, de conformidad con lo establecido en el Apartado 2º de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, en relación con su Artículo 21. La delimitación provisional de dicha zona arqueológica es la que figura en el Plano y coordenadas que se adjuntan como Anexos a esta Resolución.

La incoación de la delimitación del bien y de su entorno conlleva la aplicación inmediata del régimen de protección establecido para los Bienes de Interés Cultural y determina la suspensión de las licencias municipales relativas a todo tipo de obras o actividades en la zona afectada. No obstante, el Director General de Patrimonio Cultural, previo informe de la Comisión Provincial de Patrimonio que corresponda, puede levantar dicha suspensión total o parcialmente cuando sea manifiesto que las obras o actividades no perjudican a los valores culturales del Bien declarado de Interés Cultural.

Segundo.-Abrir un periodo de información pública durante veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial de Aragón», para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento iniciado en las oficinas de la Dirección General de Patrimonio Cultural (Edificio Pignatelli, Paseo Mª Agustín 36, Puerta 0, 1ª Planta, de Zaragoza), de lunes a viernes, de 9 a 14 horas. Igualmente dentro de dicho plazo podrán formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero.-Publicar esta Resolución en el «Boletín Oficial de Aragón» y notificarla al Ayuntamiento de Teruel.

Zaragoza, a 13 de junio de 2002.

El Director General del Patrimonio Cultural, ANTONIO MOSTALAC CARRILLO

ANEXO I

COORDENADAS YACIMIENTO IBERO-ROMANO DEL ALTO CHACON, EN LA MUELA DE XIQUENA

(TERUEL)

Punto X Y

23 657044.16 4467904.70

24 657012.27 4467922.03

25 656981.28 4467919.11

26 656938.01 4467900.59

27 656915.68 4467873.28

28 656904.29 4467855.07

29 656906.56 4467842.78

30 656948.93 4467826.38

31 656994.05 4467823.66

32 657012.27 4467827.75

33 657031.86 4467865.54

COORDENADAS ZONA ARQUEOLOGICA

YACIMIENTO IBERO-ROMANO DEL ALTO CHACON, EN LA MUELA DE XIQUENA (TERUEL)

Punto X Y

1 657245.18 4467853.81

2 657178.37 4467880.77

3 657142.40 4467946.25

4 657101.29 4468011.72

5 657067.07 4468054.35

6 657010.68 4468043.84

7 656955.25 4468038.11

8 656917.97 4468038.23

9 656893.12 4468029.51

10 656837.69 4468001.82

12 656814.75 4467990.35

13 656767.92 4467949.29

14 656791.81 4467874.79

15 656792.05 4467847.09

16 656821.44 4467780.24

17 656860.63 4467744.90

18 656968.63 4467712.43

19 657087.43 4467715.88

20 657140.06 4467729.25

21 657227.93 4467723.52

22 657233.66 4467779.87

ANEXO II PLANO DE DELIMITACION PROVISIONAL DE LA ZONA ARQUEOLOGICA

«YACIMIENTO IBERO-ROMANO

DEL ALTO CHACON»

LA MUELA DE XIQUENA (TERUEL)